Tu retiro o jubilación a tu medida, con o sin beneficios fiscales, tú lo decides.
Nuestro momento de retiro llegará, ya sea porque llegaste a la edad, porque así lo decidiste, porque una enfermedad o invalidez fueron las circunstancias que te obligaron y con ello marca una nueva etapa en tu vida, en la cual pueden ocurrir 2 cosas:
- Si tienes los recursos económicos, asegurando esta etapa de la vida, vivirás tranquilo con independencia financiera y dignamente, dedicandote a las actividades que siempre habías deseado hacer.
- Si no tienes los recursos económicos, tu vida dependerá de los demás y tu futuro será incierto y es posible que tu salud y las condiciones o circunstancias no te permitan ya trabajar.
Los seguros de retiro te respaldan para permitirte vivir como deseas en tu retiro.
Plan personal de retiro no deducible
Te ofrecen rendimientos atractivos y la garantía de una renta vitalicia con las ventajas del Art. 109 de la LISR, ya que sólo pagarás impuestos sobre las ganancias reales (por encima de la inflación) y sólo será hasta el momento de retirar tu dinero, esto hará más productivo tu ahorro.
Además, gozarás de los siguientes beneficios mientras ahorras:
- Protección por fallecimiento para tus dependientes
- Protección por Invalidez para retirarse sin problemas financieros
- Si eres mujer; Protección por enfermedades propias de la mujer
- Este plan lo puedes adquirir desde la de edad de 18 hasta los 50 años
Plan personal de retiro deducible bajo el Art. 151 del ISR
Te da la oportunidad de hacer deducibles las aportaciones bajo las reglas del Art. 151 de la LISR.
¡Obtendrás ahorros de impuestos hasta del 30% sobre las aportaciones en tu declaración anual!
Además, gozarás de los siguientes beneficios mientras ahorras:
- Protección por fallecimiento para tus dependientes
- Protección por Invalidez para retirarse sin problemas financieros
- Si eres mujer; Protección por enfermedades propias de la mujer
- Este plan lo puedes adquirir desde la de edad de 18 hasta los 50 años
Plan personal de retiro deducible bajo el Art. 187 del ISR
Te da la oportunidad de hacer deducibles las aportaciones bajo las reglas del Art. 187 de la LISR, con lo que puedes diferir impuestos hasta tu momento de retiro
¡Obtendrás ahorros de impuestos hasta del 30% sobre las aportaciones!
Además, gozarás de los siguientes beneficios mientras ahorras:
- Protección por fallecimiento para tus dependientes
- Protección por Invalidez para retirarse sin problemas financieros
- Si eres mujer; Protección por enfermedades propias de la mujer
- Este plan lo puedes adquirir desde la de edad de 18 hasta los 50 años